¿Qué es el dumping fiscal entre Comunidades Autónomas?

El pasado martes 20 de Septiembre,  el presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, anunció la supresión del Impuesto de Patrimonio en toda la comunidad, convocando a los empresarios catalanes a trasladarse a Andalucía.  La guerra fiscal está servida, por más que el Gobierno andaluz intente ahora templar gaitas para evitar que se note que su intención es competir con el Madrid de Isabel Díaz Ayuso, el único territorio donde, hasta ahora, no era necesario pagar por tener un patrimonio superior a los 700.000 euros.
Dumping es exactamente, venta a pérdida; un anglicismo que se refiere a la práctica de vender por debajo del precio normal o a precios inferiores al coste con el fin de eliminar a la competencia y adueñarse del mercado.
Por lo tanto, Dumping fiscal, que es el caso concreto que vamos a estudiar, se refiere a
Los beneficios fiscales que ofrecen las Comunidades Autónomas a través de deducciones y bonificaciones para reducir el impuesto a la baja o incluso a cero.

¿Bajar impuestos, sin más, es hacer dumping fiscal?

La respuesta es que no. Dumping implica bajar los tributos artificialmente para obligar a otras comunidades a bajarlos también provocando una espiral negativa de tipos impositivos bajos para conseguir algún beneficio, que algunas empresas o personas físicas trasladen su residencia fiscal a otra Comunidad Autónoma, obteniendo un beneficio con ello.

Y es que, en España, las Comunidades Autónomas tienen capacidad para la creación de tributos propios de acuerdo con lo previsto en los artículos 133.2 y 157.1b) de la Constitución Española y 6.1 de la Ley Orgánica 8/1980, de 22 de septiembre, de Financiación de las Comunidades Autónomas (LOFCA). En concreto, los tributos cedidos, son aquellos establecidos y regulados por el Estado, cuyo rendimiento pertenece total o parcialmente a las CCAA, pudiendo las mismas tener o no capacidad normativa para mejorar o empeorar lo establecido por el Estado. En concreto, hablamos de:

    1. Recaudación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, de los Tributos sobre el Juego y Tasas afectas a los servicios transferidos.
    2. Recaudación del Impuesto sobre las Ventas Minoristas de Determinados Hidrocarburos y del Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte.
    3. La Tarifa autonómica del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, que asciende al 50% de los residentes en la Comunidad Autónoma.
    4. Cesión del 50% de la recaudación líquida por Impuesto sobre el Valor Añadido.
    5. Cesión del 58% de la recaudación líquida por los Impuestos Especiales de Fabricación sobre la Cerveza, sobre el Vino y Bebidas Fermentadas, sobre Productos Intermedios, sobre el Alcohol y Bebidas Derivadas, sobre Hidrocarburos y sobre las Labores del Tabaco.
    6. Cesión del 100% de la recaudación líquida por el Impuesto sobre la Electricidad.

¿Qué CCAA pagan más impuestos y cuáles menos?

Una de las preguntas que siempre surge tiene que ver sobre las comunidades que más impuestos pagan, y las que menos. Para dar respuesta a ello debemos atender al llamado Índice Autonómico de Competitividad Fiscal (IACF), el cual permite a los gobernantes, empresarios y contribuyentes de una comunidad evaluar, medir y comparar su sistema fiscal con el de las demás. Este Índice ha sido diseñado para analizar cómo de bien estructurado está el sistema fiscal en cada comunidad autónoma. Además, sirve de guía para que cada región pueda mejorar su sistema tributario haciéndolo más competitivo y atractivo para empresarios y residentes.
En este sentido, Madrid y Cataluña se encuentran los extremos del ranking. Mientras que la capital es la que menos tributos tiene, la catalana es reconocida por ser la que más impuestos aplica. Esto es lo que se desprende del último estudio de la Fundación para el Avance de la Libertad y la Tax Foundataion que analiza la fiscalidad de las autonomías y el índice autonómico de competitividad fiscal, a través de más de 60 variables como el IRPF, el Impuesto sobre el Patrimonio, el Impuesto sobre Sucesiones, los impuestos sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados y los impuestos autonómicos propios (como los de vertidos, viviendas vacías o incineración de residuos).
El ranking detallado sería el siguiente:
  1. Madrid
  2. ​Vizcaya
  3. ​Álava
  4. ​Guipúzcoa
  5. Canarias
  6. Castilla y León
  7. Andalucía
  8. La Rioja
  9. Murcia
  10. Castilla-La Mancha
  11. Cantabria
  12. Galicia
  13. Baleares
  14. Navarra
  15. Extremadura
  16. Asturias
  17. Aragón
  18. Comunidad Valenciana
  19. Cataluña
Sobre las tres últimas posiciones, el estudio destaca que su calificación se debe a que obtienen notas bajas en casi todos los componentes del índice, pero especialmente en los tres impuestos más importantes: Renta, Patrimonio y Sucesiones.

¿Qué repercusión tiene en la recaudación la supresión en un 100% de un Impuesto en una Comunidad Autónoma?

Esta es una cuestión controvertida con difícil respuesta, puesto que no puede trazarse una relación de causa-efecto entre la bajada de impuesto y el aumento de la recaudación. Nos explicamos: mientras que el presidente de la Junta de Andalucía defiende su decisión alegando que la supresión del Impuesto del patrimonio (y deflactación del IRPF), generará nuevos contribuyentes, con lo que la recaudación no se verá afectada, sino mejorada. Sin embargo, expertos coinciden en que la rebaja de impuestos podría traer más actividad económica, pero dudan de que se traduzca en un aumento de la recaudación. Y eso, nos afecta en la medida en que si no se recaudan suficientes impuestos para garantizar el Estado del bienestar, éste, inevitablemente, se verá recortado.

¿La armonización fiscal sería la solución?

El Gobierno intentará que la reforma del sistema de financiación autonómica incluya una armonización de impuestos entre las comunidades para evitar la pugna y la competencia a la baja. Técnicamente, la armonización fiscal consistiría en tener unas normas tributarias que no incentivasen a los ciudadanos y empresas a cambiar de residencia de un territorio a otro únicamente por motivos fiscales. No se trataría de igualar y de suprimir las competencias de las comunidades, sino de armonizar en cierta medida esa dispersión que hay en los tributos cedidos y que provoca una competencia desleal entre comunidades autónomas.

Nos mantendremos atentos a cómo evoluciona el debate político, y sobre todo, a si las deslocalizaciones fiscales fraudulentas que genera el dumping fiscal dejan de ser entre comunidades autónomas para ser internacional a países como Andorra.

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