Invertir en otros países europeos. ¿Es seguro?

La respuesta corta es que sí, por lo siguientes motivos:

La quiebra de un bróker extranjero no te afecta

Tú eres titular de las acciones de las empresas o partícipe de los fondos de inversión que compres, de manera que la quiebra de un bróker, sea nacional o sea extranjero, no te afecta. Los valores que tengas en cartera pasarán a otro bróker con el que tendrías que empezar a operar.

Cuestión bien diferente es qué ocurre si la empresa de la que eres propietario quiebra. En este caso, y dado que eres accionista de la sociedad, tendrás que asumir tanto las pérdidas como las ganancias, que dependerán de su cotización en bolsa, pero esto ocurre tanto si la acción es nacional como si es europea.

Eso sí, si utilizas un bróker extranjero, deberás satisfacer una serie de obligaciones fiscales si cumples determinados requisitos:

  • Si el capital en el extranjero supera los 50.000 €, deberás presentar el modelo 720 de la Agencia Tributaria. Se trata de una declaración informativa sobre los bienes y derechos del contribuyente que se encuentren en el extranjero.
  • Si tienes valores negociados en un bróker extranjero, deberás presentar además el modelo D6, independientemente de la cuantía que tengas invertida en él.

Existencia de regulación europea para proteger al inversor

En su condición de Unión Económica, la Unión Europea ha dictado normas para garantizar que el inversor recibe información detallada antes de firmar un producto financiero con el fin de asegurar que cualquier persona sea plenamente consciente de la envergadura y la naturaleza de los riesgos que asume.

A esta armonización han contribuido algunas normas comunitarias como la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 15 de mayo de 2014, más conocida como Mifid II. Su objetivo es reforzar la protección al inversor en todos los países miembros de la Unión Europea, cambiando el sistema de incentivos de las entidades financieras y garantizando así que los intereses de una parte se corresponden con los intereses del inversor.

Gracias a estas nuevas regulaciones, las inversiones en otros países europeos se equiparan en cuanto a seguridad y transparencia con las inversiones en España. En general, todas las personas o entidades que comercialicen un producto estarán obligadas a facilitar al inversor un documento de datos fundamentales con información sobre las características, los riesgos y los costes de sus diferentes productos de inversión.

Los depósitos a plazo fijo están garantizados en toda Europa

Las normas armonizadas a nivel europeo han hecho que todos los Fondos de Garantía de Depósitos se hayan equiparado en todo el continente con el fin de ofrecer las mismas garantías a los depositantes, con independencia del país de origen donde la entidad tenga su sede.

Gracias a esta normativa, los ahorros de todos los ciudadanos de la Unión Europea están garantizados, hasta 100.000 € por titular y entidad en caso de quiebra del banco. Si esto ocurriese, el plazo de máximo de reembolso de los depósitos por los Fondos de Garantía de Depósitos será de 10 días, desde el 1 de enero de 2021. Este plazo se irá reduciendo hasta los 7 días laborales en enero de 2024.

Esta garantía cubre el dinero depositado en cuentas de una entidad, así como los certificados de depósito nominativos: depósitos a plazo fijo, cuentas corrientes, cuentas de ahorro y cheques bancarios nominativos. Así que, si tienes dinero en depósitos en un banco europeo, tu dinero estará siempre protegido hasta 100,000 € por titular y entidad.

Más opciones de ahorro con los Planes de Pensión Paneuropeos

Los planes de pensiones paneuropeos, o PEPP, según sus siglas en inglés (pan-european pension product) tienen como objetivo complementar la pensión pública de jubilación e incentivar el ahorro privado. Este nuevo producto está regulado por el el Reglamento del Parlamento Europeo 2019/1238, de 20 de junio de 2019. Los países miembros de la Unión Europea tienen hasta junio de 2022 para su transposición a sus ordenamientos jurídicos. En el caso de España, el Ejecutivo tiene aún pendiente la trasposición del reglamento europeo de los PEPP, pero la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones (DGSFP) ya ha confirmado que asumirá las directrices sobre presentación de informes sobre este tipo de productos de ahorro a efectos de su supervisión durante este año 2022.

Al igual que otros productos de ahorro, los PEPP podrán cobrarse en forma de capital o a través de retiradas periódicas. Y cada país determinará la fiscalidad de estos nuevos productos de ahorro para complementar la jubilación. En principio, será igual a la de los productos de pensiones individuales, planes de pensiones o PPA, pero tendrá que determinarse finalmente en la transposición a la normativa española.

 

Cristina Bartés

Directora de Operaciones

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