Comparativa de la fiscalidad en Andorra vs. España

¿Qué impuestos se pagan en Andorra en comparación con España? Hace siete años que Andorra dejó de ser considerado definitivamente un paraíso fiscal por España, pero hasta hoy el país vecino ha impulsado la captación de aquellos ricos y empresas que buscan beneficiarse de sus bajas tasas tributarias. Según fuentes de Expansión, el 45% de la inversión extranjera en Andorra proviene de España.

En Andorra, el equivalente al IVA, el IGI (Impost General Indirecte) es un impuesto que se aplica a todas las entregas de bienes, a las importaciones y a las prestaciones de servicios que tienen lugar en todo el territorio nacional.

Al igual que ocurre en España, existen tres tipos diferentes de IGI que se aplican a diferentes tipos de bienes en función de su naturaleza:

  • El tipo superreducido, con un tipo de gravamen del 0%, aplicable a determinados servicios como asistencia hospitalaria, educación o vivienda o la compraventa de la primera vivienda. Se corresponde con la exención prevista en la Ley del IVA española que se aplica en bienes y servicios similares que se gravan al 0%.
  • El tipo reducido, que grava al 1% los alimentos para consumo humano o para animales, a excepción de las bebidas alcohólicas. Podría equivaler al tipo superreducido en España, que tiene un tipo de gravamen del 4%.
  • El tipo especial, al 2,5%, en el que se incluye el transporte de personas, algunos servicios culturales,  o la organización de exposiciones y manifestaciones, entre otros. Equivale al tipo reducido español, que equivale al 10%.
  • El tipo incrementado, al 9,5%, aplicado a los servicios financieros y bancarios. En España, el tipo general es del 21%, y en él se incluyen una amplia variedad de bienes y servicios.

En Andorra también está vigente el Impuesto sobre Sociedades, que grava al 10% los beneficios de cualquier empresa. Es uno de los más bajos de toda Europa, y es especialmente reducido si se compara con el vigente para España, del 25% para el conjunto de empresas y un tipo reducido del 15% para pymes durante dos ejercicios. Solamente las sociedades, Fondos de Inversión y fondos de activos bancarios tributan a un tipo más reducido, del 1%. Aquí se incluyen, entre otros instrumentos, las SICAV.

Además, la totalidad de los dividendos emitidos por la sociedad andorrana, y percibidos por un residente también andorrano, están exentos del pago de impuestos.

El IRPF de Andorra es, sin duda, el impuesto más atractivo y del que más se benefician los youtubers y, en general, cualquier trabajador que ejerza una actividad en el país pirenaico. Se aplica a las personas físicas que sean residentes en este país, y va desde el 0% por el que tributan los contribuyentes con ingresos inferiores a los 24.000 € y el 10% que pagan las personas con ingresos superiores a los 40.000 €. Entre medias, existe otro tramo que tributa al 5%.

Nuestro país sale claramente perdiendo en la comparación. Los tramos del IRPF van desde el mínimo del 19% que pagan las rentas inferiores a los 12.450 € hasta el 45% de las rentas superiores a los 60.000 €. Además, existe un tramo autonómico que aumenta todavía más los tipos marginales, y que llega hasta el 52% en algunas regiones como Navarra.

La diferencia entre la tributación andorrana y la española en cuanto a IRPF es abismal, especialmente para las rentas más altas. Así, un contribuyente que haya obtenido unos ingresos de 60.000 € durante el ejercicio pagará 2.800 € en Andorra, frente a los casi 16.000 € que tendría que abonar en España. Cuanto mayor sea la renta, mayor será también la diferencia.

Al igual que ocurre en España, en Andorra se debe cotizar a su Seguridad Social. En cuanto a cotizaciones sociales, la comparación es un tanto difícil por lo complejo que es el sistema español, pero en general en Andorra se tributa un total del 22% del salario. Para trabajadores por cuenta ajena, el 15.5% cae a cargo del empleador y el 6.5% a cargo del empleado. Para los trabajadores por cuenta ajena, (autónomos y administradores societarios) es el 22% del salario mensual medio del año anterior. Así sale una cuota de autónomos de entre 450€ y 500€ mensuales.

En España, es más complicado de decir ya que el sistema es más complejo, pero en general se cotiza por empleados 28.3% (23.6% “a cargo del empleador” y 4.7% “a cargo del empleado”) por contingencias, más 7,05% por seguro de desempleo, más 0,7% para formación más 0,20% en concepto de FOGASA a cargo de la empresa, sumando un espectacular total del 36.25% del salario bruto del trabajador. En cuanto a la cuota de autónomos, para 2022 se aplica el 30,6% de tipo general de cotización sobre una base de entre 960,60 € y 4.139,4 € mensuales, resultando una cuota de entre 293,94 € y 1.266,66 €.

Sin embargo, la base mínima para autónomos societarios es en 2022 de 1.234,86 euros, lo que implica una cuota mensual mínima de 377,87 euros. Además dichas cotizaciones suponen menos derechos frente a la Seguridad Social que las referentes a Andorra.

 

Cristina Bartés

Chief Operating Officer

 

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